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 El 24 de febrero 2025, el director general de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES, solicitó a la Fiscalía General de la Nación investigar a 36 Instituciones Prestadoras de Salud - IPS, por no contar con infraestructura física, pese a tener registro de habilitación para la prestación de servicios de salud.

El 12 septiembre de 2024, ADRES ordenó suspender los pagos a un total de 52 IPS que radicaron cuentas por más de 70 mil millones de pesos. Luego de auditorías realizadas desde 2023, se evidenció que no contaban con infraestructura física al momento de realizar visitas en terreno. A todas estas reclamantes se les solicitó demostrar su infraestructura para prestar servicios de salud.

Declaraciones de Félix León Martines, director general de la Adres https://youtu.be/VNcW8nII0RA

De las 52 IPS notificadas, 26 no presentaron recurso de reposición y por tanto la suspensión de los pagos quedó en firme; a diez, que sí presentaron el recurso, les fue resuelto desfavorable. Tres más, están siendo notificadas. La mayoría de esas IPS tiene su ubicación en la región Caribe en 28 municipios de Atlántico, cinco en Córdoba y uno en Magdalena.

Del total de IPS con pagos suspendidos, solo a nueve se les resolvió favorablemente; cuatro más se encuentran en estudio por parte de ADRES.

Estas 36 IPS pretendían apropiarse ilegalmente de recursos de la salud por 79.511 millones de pesos, pretensión que se impidió mediante los controles recién establecidos por la ADRES, que incluyeron desarrollos tecnológicos e informáticos capaces de señalar anomalías y desviaciones de las tendencias, como la implementación de auditorías en terreno para comprobar las irregularidades y velar de este modo por el cuidado de los recursos de la salud.

Las alertas en la entidad se encendieron ante el aumento desmesurado en la presentación de reclamaciones por servicios médico-quirúrgicos prestados a supuestas víctimas de accidentes de tránsito relacionados con vehículos sin SOAT o fantasmas,  explica el director de la ADRES, Félix León Martínez, en su informe a la Fiscalía.

Las conclusiones que se presentaron a la Fiscalía General de la Nación son el resultado de las tareas de auditoría en terreno por parte de tres firmas contratadas en 2024 por la ADRES y un equipo interno de auditoría concurrente, capaces de validar las reclamaciones, junto a una labor de contrastación de la información por parte del Grupo de Innovación y Analítica de la entidad.

Este es el listado de las 36 IPS que facturaron atención de heridos por accidentes de tránsito, sin contar con la infraestructura física que hiciera posible prestar tales servicios de salud:​

  NIT IPS
1 901612046 CLINIC STETIC SAS
2 901677926 CONFIANSALUD IPS LAM SAS
3 901683725 ESPERANZA Y SALUD INTEGRAL SAS
4 900280839 FUNDACIÓN SOCIAL CRECIENDO JUNTOS "FUNSOCRE"
5 901703987 FUTURO VIDA IPS
6 901260522 GRUPO SOLUCIONES RYM
7 901457348 HEALTH MEDICA VITAL IPS SAS
8 900416952 I.P.S SERVICIOS MEDICOS BIOTECH DE COLOMBIA - S A S
9 901432333 INSTITUCIÓN PRESTADORA DE SALUD CRUZ AZUL IPS SAS
10 901503749 INSTITUCIÓN PRESTADORA DE SALUD GLOBAL HEALTH IPS SAS
11 900973972 IPS GLOBAL MED CAL M.D S.A.S.
12 901521782 IPS PREMIUM SALUD M&A S.A.S
13 901642936 IPS RIOMED S.A.S.
14 901430139 IPS SADDAI SALUD
15 900100285 IPS URQUIDENT & CIA LTDA.
16 901703063 JUANES SALUD IPS
17 901532382 LEVEN SALUD IPS
18 901455332 MEDICAL ACTIVA TOTAL IPS SAS
19 901696616 MEDICLINIC Ml SER IPS
20 901519302 NISSI GESTIÓN EN SALUD S.A.S.
21 901657034 NYL SERVICIOS DE SALUD SAS
22 901020650 OSTEOHEALTH I.P.S. S.A.S.
23 900301787 PESALUD IPS LIMITADA
24 901727364 PREVIMED CUNIC SAS
25 901648722 SALUD MEDICAL CLINIC IPS S.A.S.
26 900929235 SALUD PARA MI IPS SAS
27 901503911 SALUD UNO A IPS SAS
28 901256126 SALUDLAB
29 901515807 SAMA DEL CARIBE IPS SAS
30 901432197 SANAR VIDAS HUMANAS IPS SAS
31 901522188 SOLTUSALUD IPS SAS
32 900598035 SOLUCIONES PRO-ACTIVAS SAS
33 901335262 SUITES MEDICAL IPS S.A.S
34 901109272 UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS
35 901309673 VORCELLE MEDICAL IPS
36 901694209 VOS SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD SAS

De acuerdo con las directrices del Instituto Nacional de Salud, la @Alcaldía de Cúcuta, desde la Secretaría de Salud, refuerza la vigilancia del virus de la viruela símica – Mpox en todo el territorio municipal, especialmente con los profesionales y trabajadores de la salud, poblaciones de mayor riesgo, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y laboratorios.

La jefe del despacho de salud municipal, Taíz del Pilar Ortega Torres, afirmó que: “en Cúcuta fueron notificados seis casos durante 2022, todos en hombres, sin que se presentaran complicaciones, durante 2023 y en lo corrido del 2024 no se han confirmado casos”.

Luego del brote de Mpox en mayo de 2022, Colombia logró adaptar su sistema de vigilancia, notificar el comportamiento del virus y desarrollar capacidades de laboratorio para su diagnóstico en el país. Según los datos registrados por el Instituto Nacional de Salud (INS), entre mayo de 2022 y agosto de 2024, se han notificado en Colombia 4.257 casos. De los cuales, 109 se han presentado en 2024, el 99.1% en hombres.

Las regiones más afectadas incluyen: Bogotá, Antioquia y Cali, en donde se concentran el 84,8% de los casos, su propagación y transmisión se ha dado principalmente a través del contacto sexual entre hombres, que son el grupo más afectado, representando el 81% de los casos y sin fallecimientos relacionados durante toda la circulación del virus.

La Secretaría de Salud realiza desde mayo de 2022 vigilancia permanente a este evento a través del sistema de vigilancia en salud pública y desde sanidad portuaria en la vigilancia que se realiza a los viajeros; ante la alerta emitida se intensificarán las acciones de vigilancia y las recomendaciones para los trabajadores de salud que puedan tener contacto con casos probables o confirmados en viajeros, o manipulación de muestras, fortaleciendo capacidades en el personal para la identificación de casos y profundizando en el antecedente de viaje a países con brotes activos o contacto con viajeros procedentes de estas áreas con transmisión. 

Se recomienda, además:

  • Evitar el contacto directo con personas que presenten erupciones o síntomas.
  • Usar protección durante las relaciones sexuales.
  • Mantener una buena higiene personal, lavado de manos frecuente.
  • No compartir objetos personales con personas que presenten síntomas.
  • Buscar atención médica si presenta: fiebre, erupciones, ganglios inflamados. 

  • Informa a tus amigos o familiares cercanos si has sido diagnosticado con esta enfermedad.

El Mpox se transmite a través del contacto directo o indirecto con fluidos corporales, lesiones en piel o mucosas de animales infectados, así como por contacto estrecho con lesiones cutáneas de una persona infectada. Además, se ha identificado la transmisión durante el contacto físico cercano, incluyendo relaciones sexuales.

 

La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas con el proceso 'Búsqueda Inversa' ha dado resultados a nivel país, logrando en  Norte de Santander identificar cuerpos recuperados y buscan a sus familiares o los allegados de:

  • Gilberto Cala, nacido en Sardinata.
  • Hernando Ochoa Ochoa, nacido en Pamplona.
  • Luis Alejandro Bejiar, nacido en Cúcuta.
  • Luis Alfonso González, nacido en Cúcuta.
  • Álvaro José González Guevara, nacido en Teorama.

Este proceso es gratuito, confidencial, no requiere intermediarios y no tendrá implicaciones legales.

La ‘Búsqueda Inversa’ es una estrategia de la Unidad de Búsqueda, la Jurisdicción Especial para la Paz y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, para el encuentro de familiares y allegados de personas desaparecidas. Detrás de cada persona desaparecida hay una historia, una familia, una ilusión y mucha dignidad.

Se puede consultar cada caso de ‘Búsqueda Inversa’ en el siguiente enlace: https://busquedainversa.unidadbusqueda.gov.co/

Por disposición de la Superintendencia de Salud de Colombia mediante resolución 3012-6 del 3 de abril 2016, “Por la cual se ordena la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar a NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. "NUEVA EPS S.A." identificada con NIT 900.156.264-2 a partir del 3 de abril 2024 y por el término de un año.

Consecuentemente, se dispuso “la separación del gerente o representante legal, la junta directiva y la asamblea de accionistas” La Nueva EPS había iniciado operaciones en 2008, atendiendo usuarios del régimen contributivo y subsidiado.

Los soportes para la intervención indican cuatro conclusiones:

  1. Condiciones financieras y de solvencia se identifica que la EPS presenta incumplimientos únicamente para el cierre de la vigencia 2023, para el indicador de Patrimonio Adecuado, en tanto que no cumple indicador de Régimen de Inversiones de la Reserva Técnica a partir de diciembre de 2019.
  2. Los resultados del indicador de siniestralidad para el régimen Contributivo entre el cierre de la vigencia 2019 y 2023 aumentó un 7,7% pasando del 93,2% al 100,9% y para Régimen Subsidiado en 9,7%, pasando del 91,3% al 101,0%.
  3. Con corte a enero de 2024 Nueva EPS posee una tasa de reclamaciones en salud de 19.71 acumulada a enero de 2024, así mismo se presenta 21.474 reclamaciones que corresponden al mes de enero 2024.
  4. En el marco de la auditoría realizada para verificación de la Resolución 497 de 2021, Nueva EPS cumplió con el 37% de los estándares de habilitación y permanencia y registro 22 hallazgos.”

Entre los considerandos está textualmente “Que, el Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, una vez analizada la situación de NUEVA EPS SA de acuerdo con el concepto presentado por la Superintendente Delegada para Entidades de Aseguramiento en Salud en la citada sesión, recomendó al Superintendente Nacional de Salud ordenar la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar a NUEVA EPS SA.”

En lo resuelto en la 30312-6 se contempla en el artículo segundo “ORDENAR al interventor de NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD SA “NUEVA EPS SA” identificada con NIT 900.156.264-2, presentar e implementar un plan de trabajo, dentro del término de treinta (30) días calendario siguientes a su posesión que será evaluado, discutido y aprobado por la Dirección de Medidas Especiales para EPS y Entidades Adaptadas…”

En la víspera, igual proceder se ordenó a la EPS Sanitas mediante resolución 3002-6 siendo las dos mayores EPS que atiende usuarios en Colombia.