
Alcaldía de Cúcuta mediante decreto 103 del 15 de enero 2024 prohibió en los espacios públicos del área urbana o rural, la circulación, consumos y comercialización de estupefacientes, sustancias sicoactivas, incluyendo la dosis personal, con las sanciones de la ley 1801/16.
El decreto de nueve páginas determina el control a cargo de la Policía Metropolitana de Cúcuta e incentivos a la denuncia ciudadana mediante el pago de recompensas cuando se afecten los espacios concurridos por niños, niñas y adolescentes.
Los adolescentes entre 14 y 17 años que ofrezcan o comercialicen las sustancias psicoactivas, serán llevados al Defensor o Comisario de Familia y demás autoridades para restablecer sus derechos. Igual tratamiento cuando se instrumentalicen en esos delitos a menores de 14 años, además de sanciones a los padres de familia o tutores.
Si el consumo de psicoactivos o alucinógenos corresponde a la dosis personal en los espacios públicos normados en el citado decreto 103/24, la Policía Nacional les ordenará el retiro de tales espacios.

