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Preparan nuevo registro y permiso laboral para venezolanos en Colombia

Los ministerios de Trabajo y Relaciones Exteriores de Colombia, crearán pronto el Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización PEPFF para disminuir la informalidad laboral y permitir el acceso al trabajo de los venezolanos en  situación migratoria irregular en condiciones de aseguramiento. El PEPFF es un permiso de trabajo para facilitar la regularidad migratoria de los nacionales venezolanos en el territorio colombiano mediante contratos laborales o contratos de prestación de servicios, con vigencia mínima de dos meses y máxima de dos años, al cabo de los cuales se puede renovar. Permite a su titular ejercer una actividad u oficio específico y determinado, con base en una solicitud presentada de manera virtual ante el Ministerio del Trabajo por el futuro empleador o contratante que tenga la intención de contratarlo y debe solicitarlo a través de la página web del Ministerio del Trabajo http://app2.mintrabajo.gov.co/PEPFF/login.aspx  El trámite puede ser rechazado por el Ministerio del Trabajo o por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. El empleador bien sea jurídico o natural, manifiesta la intención de contratar al migrante venezolano especificando la duración del contrato, cargo a desempeñar y el rango salarial, que serán validados por el Ministerio del Trabajo, quienes lo pasan a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia para realizar el proceso de verificación presencial del migrante venezolano. El interesado deberá acceder a la página web de Migración Colombia https://www.migracioncolombia.gov.co/agendarsucita para agendar una cita en el Centro Facilitador de Servicios Migratorios más cercano. Si por alguna razón el migrante venezolano no pudo atender la cita programada en el centro facilitador de servicios migratorios, deberá volver a agendar la cita. El empleador deberá primero registrarse de manera virtual en el Registro Único de Empresas -RUE- de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo del Ministerio del Trabajo http://app2.mintrabajo.gov.co/FTRUE/inicio_rue.aspx Si el empleador es una persona natural el registro deberá realizarse con copia del documento de identificación y del RUT con no más de 12 meses de expedido. Para el caso de persona jurídica, el registro del empleador en el RUE deberá realizarse con la copia del documento de identidad del representante legal y la copia del certificado de cámara de comercio con no más de tres meses de expedido. El tiempo de duración mínimo del contrato es de dos meses. Con respecto a la duración máxima, el primer contrato no puede ser superior a dos años y al término de los dos años se debe realizar un nuevo contrato. El PEPFF se otorga únicamente a quienes cumplan con las siguientes condiciones: Ser ciudadano venezolano. Estar en condición migratoria irregular. Ser mayor de edad conforme al ordenamiento jurídico colombiano. Presentar la cédula de identidad venezolana y/o el pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela aun cuando éstos se encuentren vencidos. No tener antecedentes judiciales en Colombia o en el exterior. No ser sujeto de una medida administrativa de expulsión o deportación vigente. Tener una oferta de contratación laboral o de prestación de servicios en el territorio colombiano, por parte de un empleador o contratante. Si un migrante venezolano tiene el Permiso Especial de Permanencia – PEP o está dentro del tiempo de permanencia permitido, no puede solicitar un Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización – PEPFF: ni el PEP ni el PEPFF, se extienden a la familia del migrante.   Beneficios del Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización – PEPFF Ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país, NO REGULADA, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral. Acceder al Sistema Financiero, al Sistema de Salud, al Sistema General de Seguridad Social. En éste último sistema de información se encuentra como “PE”. El migrante venezolano puede tener múltiples contratos al mismo tiempo, pero por cada uno se debe realizar el trámite de solicitud por parte del empleador, teniendo en cuenta que solo se expedirá un número de PEPFF por trabajador migrante. En caso de presentarse cambio de actividad, oficio o modalidad contractual ante el mismo empleador o contratante, se debe actualizar el registro en el RUTEC y en el SIRE, dentro del plazo máximo de cinco días siguientes a la novedad. No se puede tramitar una licencia de conducción con el Permiso Especial para el Fomento de la Formalización – PEPFF Causales de cancelación del Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización – PEPFF Cuando transcurridos treinta días calendario a partir de la expedición del PEPFF por la autoridad migratoria, no se evidencia que exista el respectivo registro en el Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros – SIRE No vincular al ciudadano venezolano al Sistema General de Seguridad Social, No exista el respectivo registro en el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia – RUTEC.   Además, se cancelará y perderá vigencia en los siguientes eventos: Uso del PEPFF para ejercer actividad u ocupación distinta para el cual fue otorgado. Infracción a la legislación migratoria, laboral o civil y comercial aplicable conforme al tipo de contratación respectivo. Verificaciones posteriores al registro inicial, que den cuenta de infracciones al ordenamiento jurídico colombiano. Por terminación del contrato laboral del ciudadano venezolano. Sin perjuicio de lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 2.2.6.8.3.12. Por terminación del contrato de prestación de servicios. Si al verificar en los diferentes sistemas de información disponibles, no se evidencia la continuidad de la relación contractual o el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social. Cuando obtenga visado expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Cuando se considere inconveniente la presencia del extranjero en el territorio nacional. Cuando exista sentencia condenatoria en firme en contra del titular del permiso, por la comisión de un delito. Con información de http://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/movilidad-y-formacion/grupo-de-gestion-de-la-politica-de-migracion-laboral/permiso-especial-de-permanencia-para-el-fomento-de-la-formalizacion

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