En el noveno y continuo periodo de aislamiento obligatorio en Cúcuta del 1 al 31 de agosto 2020, decreto 203 Alcaldía de Cúcuta acorde al decreto 1076 de presidencia, hay importantes novedades dado al alto incremento del Covid19 en la ciudad, situación analizada en Puesto de Mando Unificado PMU con Gobernación Norte de Santander donde en decreto 605 se declaró alerta roja al sector salud, y amplió el toque de queda en todo el departamento entre 4 de la tarde a las 4 de la mañana los fines de semana o días festivos y entre semana de 6pm a 4 am, entre otros temas.
Se establece para circular desarrollando las 46 excepciones del decreto 1076, el sistema de pico y cédula por los terminales del documento de identidad, con los dígitos 1 y 2 los lunes; 3 y 4 los martes; 5 y 6 los miércoles; 7 y 8 los jueves; 9 y 0 los viernes. Sábados y domingos según sea par o impar, circularán iguales números. Los festivos 7 y 17 de agosto se aplicará el pico cédula que les corresponda.
Los cambios más relevantes en Cúcuta son la posibilidad de imponer cuarenta en zonas de alto contagio, anunciándolo mínimo con 48 horas de anticipación. También la obligación de usar tapabocas en espacios públicos. Sigue prohibido el consumo de licores en espacios públicos, mas no la venta al público.
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Fechas y horarios para actividad física: niños de 2 a 5 años media horas los días miércoles, sábados y domingos a escoger entre 9 a 10 de la mañana o 4 a 5 de la tarde; los mayores de 6 años tendrán una hora diaria en los mismos periodos. Adultos de 18 a 69 años, máximo dos horas diarias entre 5 y 9 de la mañana; mayores de 70 años dos horas diarias entre 6 y 8 del día.
El decreto de la alcaldía prohíbe el ciclismo en ruta como ya lo había hecho la Gobernación NdS, aunque da una luz al quedar sujeto a reuniones con representantes de ese sector, hecho que nos reportó el domingo 2 el dirigente y ciclista Alfonso Sanabria se tratará este lunes 3 de agosto.
Los infractores a esas medidas quedan expuestos al comparendo económico impuesto por la Policía Nacional, equivalente a 32 días de salario mínimo.
Igualmente, la norma establece que las Entidades Prestadoras de Salud, EPS, deben entregar los medicamentos con sistema de domiciliarios a sus afiliados, seguimiento que será verificado por la Secretaría de Salud Municipal.

Alivio a usuarios del servicio de energía y gas.
En resolución 40209 conjunta de los ministerios de Minas y Hacienda, decidieron que los usuarios de los servicios de energía y gas de los estratos 1 y 2 que no puedan pagar esos servicios hasta el consumo básico, se les diferirá ese valor hasta 36 meses, sin ningún tipo de intereses o costos financieros.
Por cuenta propia, Centrales Eléctricas de Norte de Santander, desde abril ha permitido que también financien sus servicios los usuarios de los estratos 3 al 6, además de los comerciales, industriales y de servicios.
